El Gobierno reglamentó la ley 27.669 que establece el marco
regulatorio del sector del cannabis medicinal y el cáñamo industrial, que
abarca a la cadena de producción y comercialización nacional o con fines de
exportación para promover el desarrollo nacional de la cadena productiva
sectorial.
La medida, oficializada a través del decreto 405/2023,
publicado este lunes en el Boletín Oficial, se formalizó 15 meses después de la
sanción de la ley en el Congreso, el 5 de mayo de 2022, y su promulgación 21
días después mediante el decreto 266/2022.
La norma publicada este lunes establece el funcionamiento de
la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal
(Ariccame), del Consejo Federal para el Desarrollo de la Industria del Cáñamo y
Cannabis Medicinal y del Consejo Consultivo Honorario, que estará integrado por
20 miembros titulares e igual número de suplentes, de actuación ad honorem.
También se adopta el sistema de Ventanilla Única para la
Industria del Cáñamo y el Cannabis Medicinal, para la gestión de trámites
vinculados a la emisión de autorizaciones, licencias y certificaciones
necesarias.
Ese sistema, se indicó en los considerandos del decreto,
"tiene por objetivo principal proporcionar una mayor eficiencia en las
gestiones y trámites, unificar procedimientos administrativos y expedientes,
dar intervención a los organismos con competencias específicas involucrados y
facilitar el acceso y difusión de la información de manera homologada,
estandarizada, actualizada e integrada".
Por su parte, la ley determinó que la Ariccame será "el
organismo competente para reglar, controlar y emitir las autorizaciones administrativas
con respecto al uso de semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus
productos derivados".
El marco regulatorio abarca a "la cadena de producción
y comercialización nacional o con fines de exportación de la planta de
cannabis, sus semillas y sus productos derivados afectados al uso medicinal,
incluyendo la investigación científica, y al uso industrial; promoviendo así el
desarrollo nacional de la cadena productiva sectorial", indica la ley en
su primer artículo.
La Aricamme tendrá la función de regular "la
importación, exportación, cultivo, producción industrial, fabricación,
comercialización y adquisición, por cualquier título de semillas de la planta
de cannabis, del cannabis y de sus productos derivados con fines medicinales o
industriales".
Asimismo, tendrá a su cargo "la regulación y
fiscalización de la actividad productiva de la industria del cannabis, su
comercialización y distribución, para uso medicinal e industrial en el
territorio nacional, en todo lo referente al registro, control y trazabilidad
de semillas, insumos críticos y productos derivados del cannabis, en el marco
de un proceso industrial debidamente autorizado y habilitado".