12-08-2023 09:04 hs.

Multa por no votar en PASO 2023

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El voto es obligatorio en la Argentina y su incumplimiento está penado por la ley, pero entre el hecho y el derecho parece abrirse una inquietante brecha. 

La ley obliga a sufragar a todos los ciudadanos de entre 18 y 70. El Código Electoral, en su artículo 125, prevé multas para aquellos que, sin justificación, no se acerquen a las urnas a emitir su voto el día de los comicios. Pero además de que quedaron desactualizadas en cuanto a su monto, el Estado no intima a los infractores a pagar las multas. 

A su vez, el infractor, de no regularizar su situación, según el mismo Código, se vería inhabilitado para realizar "gestiones o trámites durante un (1) año ante organismos estatales". Y el Código dice incluso que quienes figuren en el registro de infractores no podrán "ser designado[s] para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres (3) años a partir de la elección". 

Sin embargo, en la práctica el peso de la ley electoral no se hace sentir. En primer término, la inflación, corriendo al 119% interanual, ha socavado la fuerza punitoria de unos montos que datan de 2012. Las sanciones económicas por no votar recorren un espectro acotado y modesto: van desde los $50 hasta los $500. 

Si un elector, por caso, no fue a votar en las elecciones legislativas de 2017 y en los 60 días posteriores no justificó su ausencia (por motivos médicos o de distancia -mayor a 500 kilómetros-) aparecerá en el registro de infractores, debiendo abonar una multa de $50. Si el mismo elector no regulariza su situación y tampoco vota en las siguientes elecciones, acumulará dos multas: la primera de $50 y la nueva de $100, porque el sistema castiga la reincidencia. El monto máximo de cada penalidad es de $500. 

En la página https://infractores.padron.gob.ar/ , de la Justicia Nacional Electoral, quien faltó a alguna de las últimas elecciones puede chequear si aparece como infractor, cuántas multas debe y a cuánto ascienden.